El Subsidio para mayores de 52, pendiente de los Presupuestos
Requisitos:
- Edad de acceso: La edad a la que se podrá empezar a cobrar este subsidio se rebajará desde los actuales 55 años a 52 años, tal y como estaba antes de 2012.
- Criterio de renta: El nivel de renta para acceder a esta ayuda será medido de forma individual, teniendo en cuenta sólo los ingresos del desempleado, tal y como ocurría hasta 2013. No obstante, este cambio es la única novedad que ya están aplicando las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) desde julio pasado.
- Base de cotización: Los beneficiarios de este subsidio volverán a cotizar por una base equivalente al 125% de la base mínima del régimen general y no del 100% de dicha base, como ocurría en la actualidad.
- Jubilación: A partir de que se aprueben estos nuevos criterios, los perceptores de esta ayuda podrán acceder a la jubilación en el momento que ellos quieran (jubilación anticipada voluntaria, forzosa o a la edad legal ordinaria) siempre y cuando cumplan los requisitos para ello.
- Tiempo parcial: Aquellos trabajadores que solo cobran una parte del subsidio por desempleo porque provienen de un empleo a tiempo parcial, pasarán a recibir el subsidio completo, si sale adelante el acuerdo entre los sindicatos y el Gobierno.
- Situación previa al acceso: Otro de los requisitos que se eliminará, si se aprueba finalmente este pacto, es que el desempleado no tenga que acceder forzosamente desde una situación de cobro de una prestación por desempleo o tras haber estado contratado al menos tres meses.
Los restantes requisitos de acceso al subsidio permanecerían como están en el vigente subsidio de mayores de 55
- Situación laboral: Estar en desempleo
- Ingresos: no tener rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo (sin que se tengan en cuenta las rentas de los otros miembros de la unidad familiar)
- Cotizaciones: al menos durante quince años, dos de los cuales tendrían que ser durante los últimos quince
- Cotizaciones por desempleo: un mínimo de seis años.
Documentación:
- Declaración de la renta para demostrar que no superan los límites admitidos. (Acceda al documento en PDF Declaración de rentas para mayores de 52/55 años) Hay que presentarla todos los años que dure el subsidio.
- Impreso de solicitud (Acceda al documento en PDF Modelo oficial de solicitud del subsidio por desempleo)
- DNI u otro Documento de identidad.
- En el caso de ser emigrante retornado o haber salido de prisión, también debe darse un documento que certifique dicha situación.
Cita previa:
Imprescindible para atención en la oficina de prestaciones, acceda a la web del SEPE haciendo clic CITA PREVIA