¿Cómo solicitar el Bono Social Eléctrico?
Descuentos del Bono Social de luz
• Consumidor vulnerable: 25% – excepcionalmente y hasta el 30 de abril de 2022 el descuento es del 60%.
• Consumidor vulnerable severo: 40% – excepcionalmente y hasta el 30 de abril de 2022 el descuento es del 70%.
• En riesgo de exclusión social: 100%
¿Qué requisitos se necesitan para solicitar el Bono Social de la luz?
Los requisitos son:
• Estar acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Es una tarifa de mercado regulado para consumidores domésticos. Ofrece 24 precios €/kWh diarios, con discriminación horaria en tres periodos y dos franjas de facturación para la potencia contratada.
• Tener una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
• Se solicite para la vivienda habitual
• Ser considerado consumidor vulnerable
El Bono Social eléctrico establece tres tipos de consumidores cuya pertenencia a uno u otro depende de las siguientes condiciones familiares o de renta:
1. Consumidor Vulnerable
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
o Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea:
• ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar: 12.159,42€
• ≤ 2 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 1 menor en la unidad familiar: 16.212,56€
• ≤ 2,5 x IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya 2 menores en la unidad familiar: 20.265,70€
o O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa.
o O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
* Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
2. Consumidor Vulnerable Severo
Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
• Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».
• Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.212,56€.
• Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.106,28€.
3. Consumidor en Riesgo de exclusión social
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
4. Consumidor vulnerable a causa del COVID-19
Para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable por COVID-19, a los efectos del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, debe acreditar que el titular del punto de suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias:
• En situación de desempleo,
• Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE),
• En caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.
Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a:
• 1,5 veces la doceava parte del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar;
• 2 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;
• 2,5 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
¿Cómo solicitar el Bono Social?
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Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico