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Las personas con pensión no contributiva tendrán derecho a un complemento para pagar su alquiler

El Imserso ofrece una ayuda para los pensionistas de cara a hacer frente a su alquiler.

Las personas que cobran una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o invalidez, y que vivan de alquiler, tienen derecho de al complemento por alquiler. Se trata de una ayuda de 525 euros al año que se cobra en un pago único.

Un pensionista no contributivo percibe este año 2022 una cuantía de 414,90 euros mensuales. Esto se traduce en 5,808,60 euros al año en 14 pagas. Una cifra que no permite costearse el alquiler a las personas que se encuentran en esta situación. Con la nueva ayuda podrán percibir 43,75 euros más al mes. La ayuda la podrá recibir únicamente una persona por hogar aunque haya dos o más con pensión no contributiva.

Requisitos para cobrar las ayudas al alquiler para complementar la pensión

Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, en la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:

Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva (PNC), en la fecha de la solicitud y en la de resolución.

Carecer de vivienda en propiedad (que se acredita mediante el certificado catastral telemático).

Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda. Para demostrarlo hay que presentar una fotocopia compulsada del contrato de arrendamiento. Si el arrendamiento no está formalizado por escrito se acreditará cualquier medio de prueba válido en derecho.

No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.

Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

• Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, solo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.

Cómo se solicita la ayuda

Las personas interesadas podrán dirigir la solicitud de este complemento a los órganos competentes de las respectivas Comunidades Autónomas, Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra, y Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

Para consultar Las direcciones y teléfonos de información de las Comunidades Autónomas y Direcciones Territoriales del Imserso pincha AQUÍ.

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Fuente: Onda cero