Plan de ayudas al alquiler en Madrid
ReVIVA
Orientado a que los propietarios de viviendas vacías las cedan en usufructo a cambio de una renta fija todos los meses.
Con ReVIVA el propietario cede su vivienda vacía a la EMVS durante un periodo mínimo de cuatro años, sin perder la titularidad de esta, a través de una serie de garantías y ventajas establecidas. Y lo más importante, percibiendo una renta mensual independientemente de que la casa tenga o no inquilino. De eso se encarga la EMVS, que dispondrá de un listado de demandantes inscritos, entre los que alquilará la vivienda.
¿Qué ofrece este programa al propietario? En primer lugar, una gestión integral del arrendamiento, que le permitirá despreocuparse de todos los trámites administrativos, técnicos y jurídicos.
Si la casa está en mal estado y necesita reformas, la EMVS le adelantará el coste de las obras hasta un máximo de 45.000 euros sin intereses, una cantidad que se le irá descontando poco a poco de la renta que percibirá cada mes. Además, tiene el pago de la renta garantizado desde el primer mes y durante la duración del contrato de usufructo. Esta renta se pactará previamente, siempre a precios de mercado.
La EMVS dotará a la vivienda de una alarma para evitar ocupaciones en los periodos que no haya inquilino, y se responsabiliza del mantenimiento y conservación de la vivienda cedida en usufructo.
Para formar parte del programa, la vivienda debe llevar vacía un mínimo de nueve meses. No obstante, hay dos excepciones: que se trate de viviendas turísticas o que los inmuebles queden vacíos como consecuencia del ingreso de sus titulares en alguno de los servicios sociales residenciales para la tercera edad. Cada propietario solo puede ceder un máximo de cinco viviendas.
Bono Vivienda
Los inquilinos que se apunten al plan Reviva podrán acceder al Bono Vivienda, siempre que lleven empadronados en Madrid al menos cinco años y tengan unos ingresos brutos anuales de entre 3 y 7,5 veces el IPREM (entre 32.000 y 88.200 euros).
El Bono Vivienda consiste en una ayuda directa para pagar ese alquiler. Esta ayuda bonificará la diferencia entre la renta que la EMVS abona al propietario de la vivienda cedida en usufructo y la mensualidad que a su vez paga el inquilino/a.
El importe mensual de esta ayuda será de 900 euros mensuales como máximo. La cuantía mínima establecida es de 450 euros mensuales.
El Bono Vivienda se calculará en función de esos ingresos, el número de miembros de la unidad familiar y unos requisitos generales y específicos.
Nuevo servicio de intermediación SIA
Es un servicio en el que el Ayuntamiento pone en contacto a propietarios e inquilinos y les asesora, impulsando así el alquiler privado entre particulares.
El propietario podrá elegir al inquilino entre el abanico de candidatos que le ofrezca la EMVS y contará con un seguro del hogar y otro de impagos durante toda la vigencia del contrato.
A cambio, el propietario deberá rebajar al menos un 10 por ciento la renta a percibir en función de los precios de mercado. Por su parte, los inquilinos que se apunten al SIA deberán tener unos ingresos máximos de 8 veces el IPREM (93.900 euros brutos anuales). El objetivo es que no paguen por el alquiler más del 40 por ciento de sus ingresos.
Programa conFIANZA Joven
Destinado para jóvenes menores de 35 años que necesitan ayuda para entrar en un piso. La EMVS pondría la fianza y el inquilino tendrá 24 meses para devolver este dinero sin ningún tipo de interés.
Para acceder a esta ayuda, los solicitantes deben llevar empadronados en Madrid al menos cinco años; tener unos ingresos brutos anuales inferiores a 4 veces el IPREM (lo que equivale a 37.300 euros brutos anuales) y que el contrato de alquiler entre propietario e inquilino esté gestionado a través del SIA.
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Fuente: Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo. https://www.emvs.es/